ANEXO II. ACTA VIII. LMJI
Nombre completo
Manuel De Jesús Ruelas Macías
Correo electrónico/teléfono/Facebook
Manuelruelas7@gmail.com 6121511046
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Conferencia CANO |
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Título V. Del ámbito nacional |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
CAPITULO
II.
DE LA
JUNTA DE
GABINETE
NACIONAL
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Art. 131 |
ART. 131 MIEMBROS. Está integrada por los Presidentes Conferenciales de cada área, todos ellos tienen derecho a voz y voto. I. Responsabilidades: |
ART. 131 MIEMBROS. Está integrada por los Presidentes Conferenciales de cada área, todos ellos tienen derecho a voz y voto. I. Responsabilidades: |
El artículo 131 sólo tiene correcciones de redacción en la conjugación de los verbos. |
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el periodo de sesiones del Congreso y la Constitución). f) Preparará y organizar el trabajo del Congreso Nacional. h) Presentará un las reuniones de general. II. Privilegios: informe en cada una de la junta de gabinete las comisiones que meses no cumplen con su trabajo o caso de renuncia. En ambos, se nombrarán a los correspondientes sustitutos. d) Podrá nombrar un vocero que represente a la Junta de Gabinete Nacional ante el Gabinete General Iglesia Metodista de México A.R., ocupar este puesto el presidente de la conferencia sede de la reunión de la Junta de Gabinete General. El vocero será el vínculo de la organización con las autoridades eclesiásticas y demás instancias externas a la misma. por de la puede |
f) Preparará y organizará el trabajo del Congreso Nacional. II. Privilegios: |
Al ser miembro de un Gabinete Nacional, pude darme cuenta de la facilidad que representa |
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Art. 132 |
ART. 132 PRESIDENCIA. Se alternará cada junta entre los Presidentes Conferenciales. a) Presidirá las sesiones de la Junta. b) Supervisará la realización de los acuerdos de la misma. |
ART. 132 PRESIDENCIA. La Junta de Gabinete Nacional deberá de elegir un Presidente entre los Presidentes Conferenciales que lo integran. I. Requisitos:
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por cuestiones de comunicación y organización el que la Presidencia de la Junta de Gabinete Nacional recaiga sobre una sola persona. Resulta más sencillo el mantener una comunicación directa con una sola persona por parte de Presidentes de Áreas y Comisiones oficiales de la IMMAR. En base a la experiencia vivida, es necesario un secretario que pueda ser el apoyo del presidente en todas las áreas y pueda llevar un archivo histórico de |
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Art. 133 |
ART. 133 SECRETARÍA. La Junta de Gabinete Nacional deberá elegir un secretario entre los presidentes conferenciales que la integran. I. Responsabilidades: |
ART. 133 SECRETARÍA. La Junta de Gabinete Nacional deberá elegir un secretario entre los presidentes conferenciales que la integran. |
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d) Enviará información a las Ligas de los acuerdos de la Junta que afecten el trabajo local. |
e) Redactará las actas correspondientes de las sesiones y enviarlas a todos los miembros de la junta y guardar copia de las actas en el archivo. f) Enviará convocatorias y la agenda de asuntos a tratar por anticipado a todos los miembros de la junta. |
lo que ha pasado en junta nacional o en eventos oficiales |
Nombre completo
Isela Karina Vázquez Pérez
Correo electrónico/teléfono/Facebook
karinitta14@gmail.com
Conferencia CANO
Nombre de la Iglesia: Nueva Jerusalén Título de la sección constitucional Título II. Del ámbito local
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
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CAPITULO III DEL GABINETE LOCAL |
Art. 32 |
ART. 32 MIEMBROS. El Gabinete Local está integrado por los siguientes funcionarios: Presidente, Secretario de Actas y Comunicaciones, Coordinador de Finanzas, Coordinador de Desarrollo Cristiano y Coordinador de Proyección Cristiana. I. Requisitos: |
ART. 32 MIEMBROS. El Gabinete Local está integrado por los siguientes funcionarios: Presidente, Secretario de Actas y Comunicaciones, Coordinador de Finanzas, Coordinador de Desarrollo Cristiano y Coordinador de Proyección Cristiana. I. Requisitos: |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Para la corrección de redacción en cuanto al uso de muletillas de la letra “y” por lo que se cambia a una coma e igual forma el verbo infinitivo al imperativo, que el gabinete local debe de realizar como responsabilidad “motivará”.
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b) Haber sido recibido como Miembro Activo de su Liga desde por lo menos un año antes de su elección. d) Para el caso del Presidente, haber ocupado anterior-mente algún cargo dentro del Gabinete Local. f) Ser elegido en asamblea plenaria constituida para tal fin. II. Responsabilidades: |
b) Haber sido recibido como Miembro Activo de su Liga desde por lo menos un año antes de su elección. d) Para el caso del Presidente, haber ocupado anteriormente algún cargo dentro del Gabinete Local. f) Ser elegido en asamblea plenaria constituida para tal fin. II. Responsabilidades: |
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e) Recibirá los informes de cada uno de sus miembros en cada Junta de Gabinete Local, para ser presenta-dos en asamblea plenaria. f) Elaborará un plan para el desarrollo de sus funciones, dándole continuidad al trabajo realizado por el Gabinete saliente. III. Privilegios: |
e) Recibirá los informes de cada uno de sus miembros en cada Junta de Gabinete Local, para ser presentados en asamblea plenaria. f) Elaborará un plan para el desarrollo de sus funciones, dándole continuidad al trabajo realizado por el Gabinete saliente. III. Privilegios: |
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CAPITULO IV DEL ASESOR DE LA LIGA LOCAL |
Art. 39 |
ART. 39. ASESOR DE LA LIGA LOCAL. Es responsable de aconsejar a los miembros de la Liga acerca del trabajo de la misma, ofrecer su experiencia personal al servicio de dicha organización y velar que el trabajo y las relaciones de ésta se desarrollen de acuerdo a lo estipulado en la Disciplina de la Iglesia Metodista de México, A.R. I. Requisitos: |
ART. 39. ASESOR DE LA LIGA LOCAL. Es la persona o personas responsables de aconsejar a los miembros de la Liga acerca del trabajo de la misma, ofrecer su experiencia personal al servicio de dicha organización y velar que el trabajo y las relaciones de ésta se desarrollen de acuerdo a lo estipulado en la Disciplina de la Iglesia Metodista de México, A.R. I. Requisitos: |
Es importante que dentro de la Liga Local haya asesores. Por esa razón se propone a que sea una pareja casada cumpliendo los requisitos de la misma. Con el fin de que cuando haya campamentos o el dormir en un hotel dentro de las actividades de la LMJI la asesora esté a cargo de las chicas y viceversa el asesor en vigilancia con los chicos. De igual forma la comunicación sea más confiable para las chicas con
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c) Tener un buen testimonio cristiano en todas las áreas de su vida. e) Ser electo por la Junta Local de Desarrollo Cristiano, de una terna que le haya sido presentada por la Liga (en el caso de que no esté dicha Junta Local debida-mente constituida en la Iglesia, será electo por la Junta de Administradores). En un plazo no mayor a 45 días a partir de establecido el nuevo Gabinete Local. II. Responsabilidades: |
c) Tener un buen testimonio cristiano en todas las áreas de su vida. e) Ser electo por la Junta Local de Desarrollo Cristiano, de una terna que le haya sido presentada por la Liga (en el caso de que no esté dicha Junta Local debidamente constituida en la Iglesia, será electo por la Junta de Administradores). En un plazo no mayor a 45 días a partir de establecido el nuevo Gabinete Local. f) En caso de matrimonios deberán ser hombre y mujer. b) Se preparará técnica y culturalmente para brindar un óptimo asesoramiento a la Liga. d) Estará informado de los planes de trabajo Local, Distrital y Conferencial. f) Recibirá capacitación de las instancias distritales y/o conferenciales. |
la asesora y viceversa los chicos con el asesor.
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III. Privilegios: |
h) Discipulará a los nuevos miembros de la Liga. III. Privilegios: |
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CAPITULO VI DE LA JUNTA DE GABINETE LOCAL |
Art. 44 |
ART. 44. JUNTA DE GABINETE LOCAL. Su carácter es coordinar y evaluar tos trabajos de la Liga. I. Responsabilidades: b) Presentará un informe trimestral a la asamblea plenaria de la Liga. |
ART. 44. JUNTA DE GABINETE LOCAL. Su carácter es coordinar y evaluar tos trabajos de la Liga. I. Responsabilidades: b) Presentará un informe trimestral a la asamblea plenaria de la Liga. |
Es importante recalcar en acomodar los verbos dentro de la redacción. Porque si se redacta como promoverá, coordinar y velar, estamos adjuntando verbos imperativos con infinitivos. Por esta razón se debe poner de acuerdo si se usará en la redacción verbos como: PROMOVER, COORDINAR Y VELAR (verbos infinitivos) todos por igual.
Sin embargo, es recomendable a que sean verbos imperativos para el entendimiento de que como joven es algo que se debe de cumplir como: PROMOVERÁ, COORDINARÁ Y VELARÁ sus responsabilidades dentro del gabinete local.
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Nombre completo
Luis Fernando Gutiérrez Córdova
Correo electrónico/teléfono/Facebook
luisfer.gc99@gamil.com / 662 278 2556 / Luis Gutiérrez Conferencia CANO
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Nombre de la Iglesia Príncipe de Paz Título de la sección constitucional |
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Título I. De los miembros |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
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CAPITULO III. |
Art. 19 |
Artículo 19. Miembro a Prueba. Es aquella persona que reúne las condiciones de edad establecidas (Art. 17 de esta Constitución) y que manifieste su deseo de pertenecer a la Liga. Los Miembros a Prueba no podrán permanecer en esta relación por más de cuatro meses. El periodo de prueba es de instrucción sobre las doctrinas básicas de la Iglesia Metodista de México A. R. y sobre la Constitución de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios. Al concluir dicho periodo, cada Miembro a Prueba decidirá si |
Artículo 19. Es aquella persona que reúne las condiciones de edad establecidas (Art. 17 de esta Constitución) y que manifieste su deseo de pertenecer a la Liga. Los Miembros a Prueba no podrán permanecer en esta relación por más de cuatro meses. El periodo de prueba es de instrucción sobre las doctrinas básicas de la Iglesia Metodista de México A. R. y sobre la Constitución de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios. Al concluir dicho periodo, cada Miembro a Prueba decidirá si desea formar parte de la Liga |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A pesar de que los requerimientos para ser un Miembro Activo están especificados en el Artículo 18 de la Constitución, es más explícito y comprensible para un Miembro a Prueba el reiterarlo o hacer la anotación y así poder vincular los artículos.
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desea formar parte de la Liga como Miembro Activo o sólo considerarse como Miembro Simpatizante. En las asambleas plenarias y al tomar decisiones que afectan a la Liga, el Miembro a Prueba sólo tiene derecho a voz, la que le será concedida por el presidente y éste se reservará el derecho de negársela. No podrá ocupar ningún cargo oficial. |
como Miembro Activo, para lo cual deberá reunir los requisitos establecidos (Art. 18 de esta constitución) o sólo considerarse como Miembro Simpatizante. En las asambleas plenarias y al tomar decisiones que afectan a la Liga, el Miembro a Prueba sólo tiene derecho a voz, la que le será concedida por el presidente y éste se reservará el derecho de negársela. No podrá ocupar ningún cargo oficial. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
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Conferencia: CAO |
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Iglesia: El Mesías |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO IV DEL PASTOR NACIONAL |
Art.137. |
PASTOR NACIONAL. Es el pastor asignado a las LMJI a nivel nacional. Éste será designado por el Gabinete General de entre la |
PASTOR NACIONAL. Es el pastor asignado a las LMJI a nivel nacional. Éste será designado por el Gabinete General de |
El asistir a las reuniones de Desarrollo Cristiano Nacional y Programa Nacional, ayudará a que el pastor conozca la visión y enfoque para las L.M.J.I. así |
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terna propuesta en el Congreso Nacional LMJI. II. Responsabilidades: |
entre la terna propuesta en el Congreso Nacional LMJI. II. Responsabilidades: (Participar de manera remota en las juntas oficiales de Programa Nacional y Desarrollo Cristiano Nacional para presentar su programa y rendir su informe correspondiente, independientemente de sus responsabilidades con su Conferencia Anual) e) Entregar un informe de resultados del trabajo realizado en cada año conferencial. |
como los acuerdos y lineamientos que en estas juntas nacionales se toman. Además, ayudará a que los funcionarios conferénciales puedan conocer el trabajo y funcionamiento del pastor nacional. |
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f) Capacitarse periódicamente y tomar el diplomado juvenil en línea de los seminarios o algún equivalente a este. |
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Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: VIII DEL AMBITO DEL COMITÉ PRO ACTIVIDAD.
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO VIII DEL COMITÉ LOCAL PRO ACTIVIDAD |
ART. 154 |
MIEMBROS. Los integrantes oficiales de cada Comité deben ser: Presidente, Secretario, Tesorero, Coordinador de transporte, Coordinador de alimentación, Coordinador de hospedaje, Asesor y Coordinadores de otras comisiones. II. Responsabilidades: |
MIEMBROS. Los integrantes oficiales de cada Comité deben ser: Presidente, Secretario, Tesorero, Coordinador de transporte, Coordinador de alimentación, Coordinador de hospedaje, Asesor y Coordinadores de otras comisiones. II. Responsabilidades: |
Aunque cada actividad de las LMJI es autosustentable, es necesario trabajar para reducir los costos de inscripción a las actividades. La economía del país algunas veces es variante y aún más dependiendo de la zona del país, las actividades que realizamos no dependen solamente del presupuesto para la actividad o la forma de realizarla. Para poder captar y lograr que más jóvenes asistan a la actividad es necesario muchas veces reducir los costos, ya que no solo implica inscripción sino muchas veces traslados, el que exista un comité que pueda trabajar para reducir los costos ayudará a que el costo de inscripción pueda bajar, |
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instalaciones y lugares públicos, cuando fuere necesario. |
d) Coordinar los trabajos internos de la actividad. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: II DEL AMBITO LOCAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPITULO III DEL GABINETE LOCAL |
31 |
Art. 31. GABINETE LOCAL. Con este nombre se designa al cuerpo directivo de la Liga. Su carácter es administrativo. La fecha límite para elegir al Gabinete local será a más tardar en el mes de noviembre. |
Art. 31. GABINETE LOCAL. Con este nombre se designa al cuerpo directivo de la Liga. Su carácter es administrativo. La fecha límite para elegir al Gabinete local será a más tardar en el mes de octubre. |
Una de las indicaciones que recibimos por parte de Programa Nacional es capacitar a los gabinetes antes de que inicie su periodo de trabajo. La elección de administradores está calendarizada en el mes de octubre y las capacitaciones en noviembre. Pero al estar en la constitución permitido elegir gabinetes locales hasta el mes de noviembre sus capacitaciones son muy apresuradas ya que el mes de diciembre es muy festivo y por lo tanto suele ser complicado capacitarles antes de que inicie el siguiente año. |
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Al aprobar las elecciones locales hasta finales del mes de octubre bien se les puede capacitar en el mes de noviembre y planear con tiempo sus actividades, así como recibir asesoría del gabinete anterior y servir en actividades locales que corresponden en el mes de diciembre sin caer en activismo y listos para trabajar en el siguiente año. |
Nombre Completo: Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel: sarai_costilla@hotmail.com/8626293860 Conferencia: CAO
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPITULO II DE LA CONVENCIÓN DISTRITAL |
55 |
PERIODO. Se realiza cada dos años, en un periodo máximo de tres meses después de la Convención Conferencial. |
PERIODO. Se realiza cada dos años, en un periodo máximo de dos meses después de la Convención Conferencial. |
Una de las cosas que es muy importante es capacitar a los Gabinetes Distritales ya que ellos a su vez capacitaran a Gabinetes Locales. Para ello se requiere de un orden en tiempos, y tomando en cuenta que las elecciones de presidentes conferénciales sean en junio o julio puede darse hasta el mes de agosto (2 meses) para elegir a |
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Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: III DEL AMBITO DISTRITAL
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Gabinetes Distritales, puesto que ellos necesitan recibir capacitación y no solo eso sino preparar su material para capacitar y preparar a los Gabinetes Locales. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: I DE LOS MIEMBROS
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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II DE LOS MIEMBROS ACTIVOS |
18 |
Art. 18. MIEMBRO ACTIVO. Es aquella persona que reúne los siguientes: I. Requisitos: |
Art. 18. MIEMBRO ACTIVO. Es aquella persona que reúne los siguientes: I. Requisitos: como miembro activo. |
Aunque se supone que debemos leer continuamente la palabra de Dios lo cierto es que se puede ser muy activo en muchas actividades sin leer continuamente la Biblia. Es bueno que en nuestra constitución aparezca como requisito o como responsabilidad este elemento tan importante para el fortalecimiento de las ligas, así como aparece también el contribuir con oraciones y ofrendas, el leer la Palabra de Dios es un elemento pilar. |
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de México, A.R. (Ver Art. 94 de la Disciplina de la IMMAR). d) Firmar el voto del liguero. (Ver Art. 7 de esta Constitución). durante los últimos cuatro meses. II. Responsabilidades:
III. Privilegios: a) Participar en la planeación y realización de los programas y proyectos de la Liga. c) Ser electo para los cargos directivos de su Liga Local, de su Distrito y Área Conferencial. |
c) Ser Miembro en Plena Comunión de la Iglesia Metodista de México, A.R. (Ver Art. 94 de la Disciplina de la IMMAR). d) Firmar el voto del liguero. (Ver Art. 7 de esta Constitución). e) Haber asistido y participado como mínimo en un 80% de las actividades de la Liga Local, durante los últimos cuatro meses. II. Responsabilidades:
III. Privilegios: a) Participar en la planeación y realización de los programas y proyectos de la Liga. |
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actividades Distritales, Conferenciales y Nacionales. e) Ser electo como miembro del Comité Local Pro-actividad. f) Participar en las actividades oficiales de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios. |
Local Pro-actividad. f) Participar en las actividades oficiales de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO II DEL AMBITO LOCAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO II DE LA ASAMBLEA PLENARIA |
26 |
RESPONSABILIDADES: |
RESPONSABILIDADES: |
Dentro de los requisitos del Gabinete Local es ser elegido en Asamblea Plenaria [Art. 32 inciso f)]. Sin embargo no está de manera clara dentro de las responsabilidades del Capítulo de la Asamblea Plenaria. Ayudaría mucho si se agregara tal inciso tomando en cuenta el art. 49 y 83 donde aparece de manera clara las elecciones distritales y conferénciales. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: II DEL AMBITO LOCAL
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
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CAPITULO III DEL GABINETE LOCAL |
Art. 34. |
PRESIDENTE. Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente la Liga para su estructuración, desarrollo y proyección cristiana, con el fin de lograr el propósito y objetivo de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios ámbito local. I. Responsabilidades: |
PRESIDENTE. Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente la Liga para su estructuración, desarrollo y proyección cristiana, con el fin de lograr el propósito y objetivo de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios ámbito local. I. Responsabilidades: |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Estamos viviendo tiempos donde se enseñan doctrinas falsas y contrarias a la palabra de Dios. Muchos de nuestros jóvenes están siendo confundidos viendo que incluso el gobierno aprueba leyes
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a) Promoverá la recepción de Miembros Activos de su liga. |
a) Promoverá la recepción de Miembros Activos de su liga. c) Coordinará la realización de los planes de su área, aprobados en la asamblea plenaria de la Liga. e) Convocará y presidir las asambleas plenarias de la Liga y del Gabinete Local. g) Presentará un informe trimestral a la Junta Local de Desarrollo Cristiano con copia para el Gabinete de Distrito. |
que están lejos de los principios que Dios estableció. Dios nos ayude a volver a lo básico y pongamos en práctica el corazón ardiente.
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO II DEL AMBITO LOCAL
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO IV DEL ASESOR DE LA LIGA LOCAL |
39 |
II. Responsabilidades: III. Privilegios: |
II. Responsabilidades: III. Privilegios: |
El inciso a) de Privilegios del asesor es igual al inciso c) de responsabilidades del mismo artículo, se propone eliminar de privilegios. |
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Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO II DEL AMBITO LOCAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO IV DEL ASESOR DE LA LIGA LOCAL |
Art. 41. |
REEMPLAZO Y RELEVO DE ASESOR. Si se observa que durante un mes el asesor de la Liga Local no ha cumplido con las responsabilidades de su cargo, el Gabinete Local solicitará a la Junta Local de Desarrollo Cristiano que haga una exhortación al asesor para corregir su actitud. Después del mes de tolerancia, si no ha corregido se actitud, el Gabinete Local solicitará a la Junta Local de Desarrollo Cristiano el reemplazo de su cargo al mes siguiente, tomando en cuenta la terna presentada previamente; la cual también se considerará en los casos de renuncia o abandono. |
REEMPLAZO Y RELEVO DE ASESOR. Si se observa que durante un mes el asesor de la Liga Local no ha cumplido con las responsabilidades de su cargo, el Gabinete Local solicitará a la Junta Local de Desarrollo Cristiano que haga una exhortación al asesor para corregir su actitud. Después del mes de tolerancia, si no ha corregido su actitud, el Gabinete Local solicitará a la Junta Local de Desarrollo Cristiano el reemplazo de su cargo al mes siguiente, tomando en cuenta la terna presentada previamente; la cual también se considerará en los casos de renuncia o abandono. |
Error de dedo. |
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Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO III DEL AMBITO DISTRITAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO II DE LA CONVENCIÓN DISTRITAL |
Art. 56. |
COMISIÓN DE CANDIDATURA DISTRITAL. Estará integrada por miembros del Gabinete saliente y los delegados oficiales nombrados en la asamblea de evaluación distrital (empezarán sus funciones tres meses antes de la convención) juntos presentarán una lista de candidatos al pleno de la Convención para las elecciones del nuevos Gabinetes. |
COMISIÓN DE CANDIDATURA DISTRITAL. Estará integrada por miembros del Gabinete saliente y los delegados oficiales nombrados en la asamblea de evaluación distrital (empezarán sus funciones tres meses antes de la convención) juntos presentarán una lista de candidatos al pleno de la Convención para las elecciones del nuevo Gabinete. |
Se está hablando de varios gabinetes, por lo que debe cambiar la redacción. Cambio de redacción |
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Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO III DEL AMBITO DISTRITAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO IV DEL GABINETE DISTRITAL |
Art. 62. |
MIEMBROS. Son los siguientes: Presidente, Secretario Distrital de Actas y Comunicaciones, Coordinador Distrital de Finanzas, Coordinador Distrital de Desarrollo Cristiano y Coordinador Distrital de Testimonio Cristiano. |
MIEMBROS. Son los siguientes: Presidente, Secretario Distrital de Actas y Comunicaciones, Coordinador Distrital de Finanzas, Coordinador Distrital de Desarrollo Cristiano, Coordinador Distrital de Testimonio Cristiano y Promotor Corresponsal de Vanguardia Juvenil. |
Hemos trabajado con los promotores de vanguardias juveniles conectándolos en gabinete distrital y conferencial como un cargo dentro del gabinete y ha dado buenos resultados. Ellos necesitan sentirse parte de un equipo y trabajar en conjunto con el gabinete para mantenerse a la vanguardia. |
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Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO V DEL AMBITO NACIONAL
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO II |
131 |
I. Responsabilidades: |
I. Responsabilidades: |
Para la corrección de redacción. |
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periodo de sesiones del Congreso y la Constitución). Intermedios. |
e) Nombrará una comisión, de entre los miembros de la Junta, para presentar programas de trabajo o proyectos de ley a la Conferencia General. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO VIII DEL COMITÉ LOCAL PRO ACTIVIDAD
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO VIII DEL COMITÉ LOCAL PRO ACTIVIDAD |
Art. 161. |
PERIODO. En el transcurso del último año antes de la actividad, las juntas se deben realizar por los menos cada tres meses; antes de este periodo, se deben |
PERIODO. En el transcurso del último año antes de la actividad, las juntas se deben realizar por los menos cada tres meses en coordinación con Junta de |
Es importante que la comunicación con Junta Nacional. Sea buena para una mejor organización de eventos nacionales. |
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realizar por lo menos cada seis meses. |
Gabinete Nacional; antes de este periodo, se deben realizar por lo menos cada seis meses. |
Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO IX DE VANGUARDIA JUVENIL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO IX DE VANGUARDIA JUVENIL |
Art. 170. |
PROMOTOR CORRESPONSAL. Habrá seis corresponsales, uno por conferencia, que deberán enviar al Consejo Editorial la información relacionada con el trabajo de su Distrito y Conferencia, como son: opiniones, noticias, acuerdos y crónicas de sus eventos. Serán electos dentro de las respectivas |
PROMOTOR CORRESPONSAL. Habrá seis corresponsales, uno por conferencia, que deberán enviar al Consejo Editorial la información relacionada con el trabajo de su Conferencia, como son: opiniones, noticias, acuerdos y crónicas de sus eventos. Serán electos dentro de las respectivas Convenciones Conferenciales y su |
Al hablar de enviar información de su conferencia incluye también a su distrito. |
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Convenciones Conferenciales y su responsabilidad será del mismo periodo del Gabinete Conferencial, pudiendo someterse a una reelección. |
responsabilidad será del mismo periodo del Gabinete Conferencial, pudiendo someterse a una reelección. |
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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II DE LOS MIEMBROS ACTIVOS |
18 |
Art. 18. MIEMBRO ACTIVO. Es aquella persona que reúne los siguientes: I. Requisitos: como miembro activo. c) Ser Miembro en Plena Comunión de la Iglesia Metodista de México, A.R. (Ver Art. 94 de la Disciplina de la IMMAR). d) Firmar el voto del liguero. (Ver Art. 7 de esta Constitución). e) Haber asistido y participado como mínimo en un 80% de las actividades de la Liga Local, |
Art. 18. MIEMBRO ACTIVO. Es aquella persona que reúne los siguientes: I. Requisitos: como miembro activo. c) Ser Miembro en Plena Comunión de la Iglesia Metodista de México, A.R. (Ver Art. 94 de la Disciplina de la IMMAR). |
Mejorar la redacción |
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durante los últimos cuatro meses. II. Responsabilidades: III. Privilegios: Nacionales. |
actividades de la Liga Local, durante los últimos cuatro meses. II. Responsabilidades: III. Privilegios: Nacionales. |
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s) Participar en las actividades oficiales de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios. |
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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Título de la sección constitucional: DISPOSICIONES PRELIMINARES |
14 |
Art. 14. PUBLICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN. Se publicará durante los tres meses después de ser aprobada por la Conferencia General. |
Art. 14. PUBLICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN. Se publicará en formato digital por medios oficiales después de ser aprobada por la Conferencia General. |
Los jóvenes tienen derecho a estar informados en que tiempo está disponible la nueva constitución LMJI, y al momento de que se apruebe la constitución sería bueno pasarla por los medios oficiales. |
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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Título de la sección constitucional: DISPOSICIONES PRELIMINARES |
9 |
Art. 9. ÁMBITOS DE TRABAJO. Están establecidos cuatro ámbitos geográficos: I. El ámbito Local. Comprende el lugar o zona donde está ubicado el templo de la Iglesia Metodista a la que pertenece la Liga, o el local habitual de reunión de la misma. |
Art. 9. ÁMBITOS DE TRABAJO. Están establecidos cuatro ámbitos geográficos: I. El ámbito Local. Comprende el lugar o zona donde está ubicado el templo de la Iglesia Metodista a la que pertenece la Liga, o el local habitual de reunión de la misma. |
El asunto no está en jurisdicción de la Convención Conferencial, sino de la Conferencia Anual o General. |
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II. El ámbito Distrital. Está determinado por los límites geográficos que determine la Convención Conferencial (cualquier cambio necesita ser aprobado por dicha reunión oficial). III. El ámbito conferencial. Comprende los límites geográficos de la Conferencia correspondiente. IV. El ámbito Nacional. Está determinado por los límites geográficos de la República Mexicana. |
II. El ámbito Distrital. Está determinado por los límites geográficos que se determina por la Conferencia Anual Correspondiente. (Cualquier cambio necesita ser aprobado por dicha reunión oficial). III. El ámbito conferencial. Comprende los límites geográficos de la Conferencia correspondiente. IV. El ámbito Nacional. Está determinado por los límites geográficos de la República Mexicana. |
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPITULO I |
47 |
LÍMITES. El número de Distritos y sus límites geográficos serán determinados por la Convención Conferencial respectiva. |
LÍMITES. Está determinado por los límites geográficos que se determina por la Conferencia Anual. (Cualquier cambio necesita ser aprobado por dicha reunión oficial) |
Está fuera de nuestra jurisdicción. |
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPITULO I DE LOS LIMITES DEL AMBITO CONFERENCIAL |
81 |
LÍMITES. El número de áreas Conferenciales y sus límites geográficos serán fijados por el Congreso Nacional. |
LÍMITES. Comprende los límites geográficos que determine la Conferencia General. |
Está fuera de nuestra jurisdicción. |
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CAPITULO |
ART. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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Título VII DE LA REELECCION Y NO REELECCION |
152 |
NO REELECCIÓN. Ningún miembro de Gabinete Conferencial o Distrital podrá ocupar el mismo cargo por dos periodos consecutivos. No se considera reelección cuando lo haya ocupado de manera interina. |
NO REELECCIÓN. Ningún miembro del gabinete Conferencial o Distrital podrá ocupar el mismo cargo por más de dos periodos consecutivos (ver Art. 97). No se considera reelección cuando lo haya ocupado de manera interina. |
A nivel nacional se trabaja por cuadrienios, y permitir solamente una reelección puede contribuir a la continuidad de los trabajos iniciados. |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO II DEL ÁMBITO LOCAL |
Art. 44 |
ART. 44. JUNTA DE GABINETE LOCAL. Su carácter es coordinar y evaluar tos trabajos de la Liga. I. Responsabilidades: |
ART. 44 JUNTA DE GABINETE LOCAL. Su carácter es coordinar y evaluar los trabajos de la Liga. I. Responsabilidades: |
Error de redacción. |
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b) Presentará un informe trimestral a la asamblea plenaria de la Liga. II. Privilegios: uno o más de los miembros de la junta se vieren impedidos para llevar a cabo sus funciones o hubiese vacantes). |
b) Presentará un informe trimestral a la asamblea plenaria de la Liga. II. Privilegios: |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO III DEL ÁMBITO DISTRITAL CAPÍTULO VIII DE LAS ACTIVIDADES DISTRITALES |
Art. 77 |
Art. 77. ENCUENTROS DISTRITALES BÍBLICOS, DEPORTIVOS Y CULTURALES Su carácter será fomentar la unidad multidisciplinaria de todas las ligas en el ámbito distrital. |
Art. 77. ENCUENTROS DISTRITALES BÍBLICOS, DEPORTIVOS Y CULTURALES. Son los encuentros entre las Ligas de un distrito en los aspectos bíblicos, deportivos y |
La función de los encuentros se encuentra expresada en otro artículo. Se propone redactar una descripción. |
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culturales. Su carácter será espiritual, fraternal y competitivo. |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPÍTULO __ DEL PASTOR CONFERENCIAL |
Art.___ |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO V DEL ÁMBITO NACIONAL CAPÍTULO II DE LA JUNTA DE GABINETE NACIONAL |
Art. 132 |
ART. 132 PRESIDENCIA. Se alternará cada junta entre los presidentes Conferenciales. Presidirá las sesiones de la Junta Nacional. |
ART. 132 PRESIDENCIA. Se elegirá en la primera Junta Nacional del bienio de entre los presidentes Conferenciales. Responsabilidades: Presidirá las sesiones de la Junta Nacional. Estar presente en las Juntas de Programa nacional y desarrollo cristiano. |
Actualmente el artículo no se lleva acabo como está en nuestra constitución vigente. Se propone Redactar la dinámica que realmente se tiene. |
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Podrá delegar a otro presidente Conferencial para asistir a Junta de Gabinete General en caso de que no le sea posible asistir. |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO IX DE VANGUADIA JUVENIL |
Art. 168 |
Art. 168. MIEMBROS. El Consejo Editorial debe estar integrado por: Director (editor), Secretario (redactor), Tesorero y áreas públicas, y Diseñador. I. Requisitos: II. Responsabilidades: |
Art. 168. MIEMBROS. El Consejo Editorial debe estar integrado por: I. Requisitos: II. Responsabilidades: b) Presentará un informe del trabajo realizado en el Congreso |
Los ligueros a nivel Nacional tienen derecho a conocer el trabajo que Vanguardia Juvenil ha trabajado. No veo cambio en este Art. Obs Programa Nacional. |
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c) Editará el órgano oficial, respetando el periodo establecido. d) Se sujetará a las disposiciones de la Junta de Gabinete Nacional, manifestadas a través de los Gabinetes Conferenciales del área correspondiente. III. Privilegios: |
Nacional correspondiente (a través de su Director). III. Privilegios: |
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TÍTULO IX |
Art. 171 |
ART. 171 SEDE EDITORIAL. La responsabilidad de la redacción y publicación de Vanguardia Juvenil debe ser designada por el pleno del Congreso Nacional de entre las Ligas que hayan hecho su solicitud o hayan sido invitadas por la Junta de Gabinete Nacional. |
ART. 171 SEDE EDITORIAL. La responsabilidad de la redacción y publicación de Vanguardia Juvenil debe ser elegida por el Consejo Editorial. |
Dado que el consejo editorial no se encuentra concentrado en una sola conferencia y las publicaciones son electrónicas, la publicación física de la revista puede ser definida por el cuerpo editorial en función. |
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Nombre completo
Gabriela Alejandra Olmedo Yúdico Sánchez
Correo electrónico/teléfono/facebook
alejandraoys@gmail.com
Conferencia
CAM
Nombre de la Iglesia
“La Santísima Trinidad” Gante Título de la sección constitucional TÍTULO IV DEL ÁMBITO CONFERENCIAL
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TÍTULO IV DEL ÁMBITO CONFERENCIAL CAPÍTULO II DE LA CONVENCIÓN CONFERENCIAL |
Art. 90 |
Art. 90. COMISIÓN DE CANDIDATURA CONFERENCIAL. Está integrada por delegados oficiales nombrados en la Convención Conferencial y miembros del Gabinete saliente, juntos presentan una lista de candidatos al pleno de la Convención, para las elecciones de los nuevos Gabinetes. I. Miembros. Son dos delegados por Jóvenes y dos por Intermedios, así como dos miembros por Jóvenes y dos por Intermedios de los Gabinetes salientes. |
Art. 90. COMISIÓN DE CANDIDATURA CONFERENCIAL. Está integrada por delegados oficiales nombrados en la Asamblea de Evaluación Conferencial y miembros del Gabinete saliente, juntos presentan una lista de candidatos al pleno de la Convención, para las elecciones de los nuevos Gabinetes. I. Miembros. Son dos delegados por Jóvenes y dos por Intermedios, así como dos miembros por Jóvenes y dos por Intermedios de los Gabinetes salientes. |
De esta manera se puede trabajar con la comisión completa con anterioridad a la Convención |
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II. Funciones: III. Periodo. Las funciones cesarán al término la Convención. |
II. Funciones: III. Periodo. Las funciones cesarán al término la Convención. |
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CAPÍTULO V DEL ASESOR DEL TRABAJO |
No existe. |
Art. __. ASESOR EXOFICIO. |
Tomando como base el Art. 70. ASESOR EXOFICIO. |
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JUVENIL CONFERENCIAL |
NUEVO ARTICULO |
presidente del área de Desarrollo Cristino Conferencial o el Obispo asumirán las funciones de éste en tanto no se nombre un sustituto |
De esta manera el trabajo juvenil no se descuida por las autoridades de la Conferencia. |
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CAPÍTULO VIII DE LAS ACTIVIDADES CONFERENCIALES |
Art. 110 |
Art. 110. ENCUENTROS CONFERENCIALES BÍBLICOS, DEPORTIVOS Y CULTURALES. Su carácter será fomentar la unidad multidisciplinaria de todas las ligas en el ámbito Conferencial. I. Objetivo. Fomentar el desarrollo bíblico, deportivo y cultural de los ligueros. II. Participantes. Todas las Ligas registradas pertenecientes a la conferencia (con la debida acreditación de sus ligueros). |
Art. 110. ENCUENTROS CONFERENCIALES BÍBLICOS, DEPORTIVOS Y CULTURALES. Son los encuentros entre las Ligas de una Conferencia en los aspectos bíblicos, deportivos y culturales. Su carácter será espiritual, fraternal y competitivo. I. Objetivo. Fomentar el desarrollo bíblico, deportivo y cultural de los ligueros. II. Participantes. Todas las Ligas registradas pertenecientes a la conferencia (con la debida acreditación de sus ligueros). |
La función de los encuentros se encuentra expresada en otro artículo. Se propone redactar una descripción. |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO V DEL ÁMBITO NACIONAL CAPÍTULO VI DE LAS ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO NACIONAL |
Art. 141 |
ART. 141 ENCUENTROS NACIONALES BÍBLICOS, DEPORTIVOS Y CULTURALES. Son los máximos encuentros entre las Ligas en los aspectos bíblicos, deportivos y culturales. Su carácter es |
ART. 141 ENCUENTROS NACIONALES BÍBLICOS, DEPORTIVOS Y CULTURALES. Son los máximos encuentros entre las Ligas en los aspectos bíblicos, deportivos y culturales. Su |
Aunque así está el artículo vigente, los ENBDC no tienen un enfoque evangelístico. |
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esencialmente espiritual, evangelístico, fraternal y competitivo. I. Función. Clasificará a los representantes nacionales en las disciplinas que se desarrollen. II. Participantes. Todas las ligas registradas del país (los integrantes de cada delegación deben ser miembros activos acreditados por su respectiva carta pastoral y de igual manera los invitados deberán ser aprobados en la carta pastoral.) III. Asesor. Cada delegación deberá ir acompañada por un asesor. |
carácter es esencialmente espiritual, fraternal y competitivo. I. Función. Clasificará a los representantes nacionales en las disciplinas que se desarrollen. II. Participantes. Todas las ligas registradas del país (los integrantes de cada delegación deben ser miembros activos acreditados por su respectiva carta pastoral y de igual manera los invitados deberán ser aprobados en la carta pastoral.) III. Asesor. Cada delegación deberá ir acompañada por un asesor. |
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Art. 144 |
Art. 144. RESPONSABILIDADES DEL GABINETE CONFERENCIAL CORRESPONDIENTE A LA SEDE ANTE LOS ENCUENTROS. I. Confirmará la sede con anticipación. II. Supervisará los trabajos del Comité Local Pro-Encuentros Nacionales. |
Art. 144. RESPONSABILIDADES DEL GABINETE CONFERENCIAL CORRESPONDIENTE A LA SEDE ANTE LOS ENCUENTROS. I. Confirmará la sede con anticipación. |
Los artículos 31,32 y 33 no tienen nada que ver con una sede de encuentros de ningún tipo Se eliminó el punto IV y el V pasa a ser el IV |
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IV. Supervisará que se hagan efectivos los Artículos 31, 32 y 33 de esta Constitución |
sobre los trabajos del comité local. |
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TÍTULO II DEL ÁMBITO LOCAL TÍTULO III DEL ÁMBITO DISTRITAL CAPÍTULO IV DEL GABINETE DISTRITAL TÍTULO IV DEL ÁMBITO CONFERENCIAL CAPÍTULO IV DEL GABINETE CONFERENCIAL |
Art. 32, |
-Art. 32. MIEMBROS. El Gabinete Local está integrado por los siguientes funcionarios: Presidente, Secretario de Actas y Comunicaciones, Coordinador de Finanzas, Coordinador de Desarrollo Cristiano y Coordinador de Proyección Cristiana. I. Requisitos: elección. miembro del Gabinete |
-Art. 32. MIEMBROS. El Gabinete Local está integrado por los siguientes funcionarios: Presidente, Secretario de Actas y Comunicaciones, Coordinador de Finanzas, Coordinador de Desarrollo Cristiano y Coordinador de Testimonio Cristiano. I. Requisitos: |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del término. |
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rebase el límite de edad en el ejercicio de sus funciones, debe continuar con su cargo hasta concluir el periodo establecido. Para el caso del Presidente, haber ocupado anteriormente algún cargo dentro del Gabinete Local. Ser soltero y sin hijos. II. Responsabilidades: |
Constitución). En el caso de que cualquier miembro del Gabinete rebase el límite de edad en el ejercicio de sus funciones, debe continuar con su cargo hasta concluir el periodo establecido. Para el caso del Presidente, haber ocupado anteriormente algún cargo dentro del Gabinete Local. Ser elegido en asamblea plenaria constituida para tal fin. II. Responsabilidades: |
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CAPÍTULO III |
37, |
f) Elaborará un plan para el desarrollo de sus funciones, dándole continuidad al trabajo realizado por el Gabinete saliente. III. Privilegios: -Art. 37. COORDINADOR LOCAL DE DESARROLLO CRISTIANO. |
coordinar los trabajos de la Liga que hayan sido aprobados por la misma. f) Elaborará un plan para el desarrollo de sus funciones, dándole continuidad al trabajo realizado por el Gabinete saliente. III. Privilegios: -Art. 37. COORDINADOR LOCAL DE DESARROLLO CRISTIANO. |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres |
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Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente la Liga, para el desarrollo espiritual, social, físico y cultural de los miembros de la Liga. I. Responsabilidades: 1.- Espiritual: vida devocional (oración, ayuno, estudio |
Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente la Liga, para el desarrollo espiritual, social, físico y cultural de los miembros de la Liga. I. Responsabilidades: |
de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del término. (Art 32, 37, 38, 64, 68, 98, 102) |
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CAPÍTULO III |
38, |
de la Biblia), propuesta de temas y oradores para cada reunión, actividades especiales (semana de la juventud). 2.- Social: campamentos, excursiones, convivencias, etc. 3.- Físico: actividades deportivas (encuentros, torneos, etc.). museos, eventos especiales, etc. g) Discipulará a los nuevos miembros, en conjunto con el Coordinador Local de Proyección Cristiana y el asesor de la Liga. II. Privilegios. Los mismos que los del Secretario de Actas y Comunicaciones. (Ver Art. 35, fracción II de esta Constitución) Art. 38 COORDINADOR LOCAL DE TESTIMONIO CRISTIANO. Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente la Liga, específicamente para compartir el Evangelio en su integridad: proclama, misiones y servicio a la comunidad. |
1.- Espiritual: vida devocional (oración, ayuno, estudio de la Biblia), propuesta de temas y oradores para cada reunión, actividades especiales (semana de la juventud). 2.- Social: campamentos, excursiones, convivencias, etc. 3.- Físico: actividades deportivas (encuentros, torneos, etc.). museos, eventos especiales, etc. Discipulará a los nuevos miembros, en conjunto con el Coordinador Local de Testimonio Cristiano y el asesor de la Liga. Art. 38 COORDINADOR LOCAL DE TESTIMONIO CRISTIANO. Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente la Liga, específicamente para compartir el Evangelio en su integridad: proclama, misiones y servicio a la comunidad. |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del término. (Art 32, 37, 38, 64, 68, 98, 102) |
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I. Responsabilidades: II. Privilegios. Los mismos que los del Secretario de Actas y |
a) Conocerá los planes Distritales y Conferenciales de Testimonio Cristiano. II. Privilegios. Los mismos que los del Secretario de Actas y |
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CAPÍTULO IV DEL GABINETE DISTRITAL |
64, |
Comunicaciones. (Ver Art. 35, fracción II de esta Constitución) -Art. 64. PRESIDENTE. Administrará todos los recursos humanos y materiales con que cuente el Distrito para su estructuración, desarrollo y Proyección Cristiana, con el fin de lograr el propósito y objetivo de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios en su área. I. Responsabilidades: Propondrá al Gabinete Distrital planes de trabajo para su área con base en los lineamientos generales nacionales, conferenciales y distritales de la Liga y de los planes generales de la Iglesia Metodista de México A. R. Entregará al secretario su plan de trabajo aprobado por el Gabinete Distrital para su publicación. c) Coordinará el plan de trabajo aprobado por el Gabinete Distrital. |
Comunicaciones. (Ver Art. 35, fracción II de esta Constitución) -Art. 64. PRESIDENTE. Administrará todos los recursos humanos y materiales con que cuente el Distrito para su estructuración, desarrollo y Testimonio Cristiano, con el fin de lograr el propósito y objetivo de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios en su área. I. Responsabilidades: Propondrá al Gabinete Distrital planes de trabajo para su área con base en los lineamientos generales nacionales, conferenciales y distritales de la Liga y de los planes generales de la Iglesia Metodista de México A. R. Entregará al secretario su plan de trabajo aprobado por el Gabinete Distrital para su publicación. c) Coordinará el plan de trabajo aprobado por el Gabinete Distrital. |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del término. (Art 32, 37, 38, 64, 68, 98, 102 |
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e) Presidirá las sesiones plenarias de la Convención Distrital, las juntas de su Gabinete y las juntas de presidentes de Ligas Locales. II. Privilegios: También cuando no esté presidiendo en la Convención Distrital y en la Junta Oficial de Gabinete de su Distrito. |
d) Convocará a las actividades oficiales de su Distrito y de Gabinete Distrital e) Presidirá las sesiones plenarias de la Convención Distrital, las juntas de su Gabinete y las juntas de presidentes de Ligas Locales. g) Coordinará el plan de visitas y asesorías a las Ligas de su Distrito. II. Privilegios: |
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CAPÍTULO IV DEL GABINETE DISTRITAL |
68, |
cumplimiento de sus responsabilidades. (Ver Art. 62, fracción III de esta Constitución) d) Representación en reuniones oficiales del Distrito, en la Junta de Gabinete Distrital y Área de Desarrollo Cristiano Distrital. Art. 68. COORDINADOR DITRITAL DE TESTIMONIO CRITIANO Administrará los recursos humanos y materiales con que cuente el |
pueda estar presente y su inmediato auxiliar (Secretario de actas y comunicaciones) tampoco pueda representarlo. c) Contar con la ayuda de sus colaboradores directos para el cumplimiento de sus responsabilidades. (Ver Art. 62, fracción III de esta Constitución) Art. 68. COORDINADOR DITRITAL DE TESTIMONIO CRISTIANO |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del |
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Distrito, específicamente aquellos que sirvan para compartir el Evangelio en su integridad: proclama, misiones y servicio a la comunidad. I. Responsabilidades: |
Administrará los recursos humanos y materiales con que cuente el Distrito, específicamente aquellos que sirvan para compartir el Evangelio en su integridad: proclama, misiones y servicio a la comunidad. I. Responsabilidades: f) Administrará el equipo con que cuente el Distrito para las |
término. |
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CAPÍTULO IV DEL GABINETE CONFERENCIAL |
98, |
II. Privilegios: Los mismos que los del Secretario de Actas y Comunicaciones. (Ver Art. 65, fracción II de esta Constitución) -Art. 98. PRESIDENTE. Administrará todos los recursos humanos y materiales con que cuente el área conferencial para su estructuración, desarrollo y Proyección Cristiana con el fin de lograr el objetivo y el propósito de la Liga en su área. I. Requisitos: II. Responsabilidades: Propondrá al Gabinete Conferencial planes de trabajo para su área con base en los lineamientos generales nacionales y conferenciales de la Liga y de los planes generales de la Iglesia Metodista de México A. R. |
labores de su área y lo entregará, al finalizar su gestión al coordinador de Testimonio Cristiano que le suceda. II. Privilegios: Los mismos que los del Secretario de Actas y Comunicaciones. (Ver Art. 65, fracción II de esta Constitución) Art. 98. PRESIDENTE. Administrará todos los recursos humanos y materiales con que cuente el área conferencial para su estructuración, desarrollo y Testimonio Cristiano con el fin de lograr el objetivo y el propósito de la Liga en su área. I. Requisitos: II. Responsabilidades: Propondrá al Gabinete Conferencial planes de trabajo para su área con base en los lineamientos generales nacionales y conferenciales de la Liga y de los planes generales de |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del término. (Art 32, 37, 38, 64, 68, 98, 102 |
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Entregará al secretario el plan de trabajo aprobado por el Gabinete Conferencial para su publicación. Coordinará el plan de trabajo aprobado por el Gabinete Conferencial. Convocará a las actividades Conferenciales y de Gabinete Conferencial que sean de carácter oficial. Presidirá las sesiones plenarias de la Convención Conferencial y del Gabinete Conferencial. Representará el área y el Gabinete Conferencial en sus relaciones oficiales. Coordinará el plan de visitas a las Ligas, elaborado por el Gabinete Conferencial. trabajo en cada junta oficial de su Gabinete, así como el informe final en la Convención Conferencial. Estará presente por lo menos en dos juntas de Gabinete Distrital al año. III. Privilegios: |
la Iglesia Metodista de México A. R. plan de trabajo aprobado por el Gabinete Conferencial para su publicación. Coordinará el plan de trabajo aprobado por el Gabinete Conferencial. Convocará a las actividades Conferenciales y de Gabinete Conferencial que sean de carácter oficial. Presidirá las sesiones plenarias de la Convención Conferencial y del Gabinete Conferencial. Representará el área y el Gabinete Conferencial en sus relaciones oficiales. Coordinará el plan de visitas a las Ligas, elaborado por el Gabinete Conferencial. Presentará un informe de su trabajo en cada junta oficial de su Gabinete, así como el informe final en la Convención Conferencial. Estará presente por lo menos en dos juntas de Gabinete Distrital al año. III. Privilegios: |
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CAPÍTULO IV DEL GABINETE CONFERENCIAL |
102 |
Convención Conferencial y el Gabinete Conferencial (cuando él presida tendrá sólo voz). c) Contará con el apoyo de sus colaboradores directos (ver Art. 96, fracción IV de esta Constitución), para el cumplimiento de sus responsabilidades. d) Tener la representación en reuniones oficiales de la Conferencia como es la Junta de Gabinete Conferencial que preside el Obispo y la Junta del Área Conferencial de Desarrollo Cristiano Art. 102 DIRECTOR CONFERENCIAL DE TESTIMONIO CRISTIANO. Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente el área Conferencial, específicamente |
a) Derecho a voz y voto en las sesiones de: el Congreso Nacional, la Junta de Gabinete Nacional, la Convención Conferencial y el Gabinete Conferencial (cuando él presida tendrá sólo voz). b) Podrá nombrar entre los miembros de su Gabinete un representante para las reuniones oficiales en las que no pueda estar presente. c) Contará con el apoyo de sus colaboradores directos (ver Art. 96, fracción IV de esta Constitución), para el cumplimiento de sus responsabilidades. d) Tener la representación en reuniones oficiales de la Conferencia como es la Junta de Gabinete Conferencial que preside el Obispo y la Junta del Área Conferencial de Desarrollo Cristiano Art. 102 DIRECTOR CONFERENCIAL DE TESTIMONIO CRISTIANO. |
El cambio de Proyección Cristiana a Testimonio Cristiano se realizó únicamente en los nombres de los Cargos pero no se actualizó la redacción en todas las menciones del término. (Art 32, 37, 38, 64, 68, 98, 102 |
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aquellos que sirvan para compartir el Evangelio en su integridad: proclama, misiones y servicios a la comunidad. I. Responsabilidades: |
Administrará los recursos humanos y materiales con los que cuente el área Conferencial, específicamente aquellos que sirvan para compartir el Evangelio en su integridad: proclama, misiones y servicios a la comunidad. I. Responsabilidades: Conferencial un plan de trabajo para su área, con base en los lineamientos generales Nacionales, Conferenciales de la Liga y de los planes generales de la Iglesia Metodista de México A.R. con respecto a Testimonio Cristiano. b) Entregará al Secretario el plan aprobado por el Gabinete Conferencial, para su publicación. c) Cuidará que se lleve a cabo el plan aprobado por el Gabinete en el área que a él corresponda. d) Informará de su trabajo realizado, en cada junta oficial de su Gabinete. e) Entregará al Secretario un informe semestral de su trabajo, para su publicación. |
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II. Privilegios: Los mismos que los del Secretario de Actas y Comunicaciones. (Ver Art. 99, fracción II de esta Constitución) |
Administrará el equipo con que cuente el área Conferencial para el desarrollo de su cargo y lo entregará al finalizar su gestión, al Director Conferencial de Testimonio Cristiano que le suceda. II. Privilegios: Los mismos que los del Secretario de Actas y Comunicaciones. (Ver Art. 99, fracción II de esta Constitución) |
Nombre completo
Comisión de candidatura
Conferencia:
CASE
Título de la sección constitucional
Título II. Del ámbito local.
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPITULO I. |
ART. 22 |
ART. 22 LIGA LOCAL. Es aquel grupo de Jóvenes o Intermedios, que se reúne en cualquier congregación de la Iglesia Meto-dista de México A.R., con el propósito y el objetivo de la Liga Metodista de Jóvenes e Intermedios. Se rige por esta |
ART. 22 LIGA LOCAL. Es aquel grupo de Jóvenes o Intermedios, que se reúne de forma periódica en cualquier congregación de la Iglesia Metodista de México A.R., con el propósito y el objetivo de la Liga Metodista de |
El artículo es ambiguo, ya que no define características necesarias para el establecimiento de una liga ni define tipos de liga. Se propone agregar periodicidad, y tipificar las |
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Constitución y debe registrarse como tal, ante su respectivo Gabinete Distrital y Conferencial. Su carácter es edificativo, bus-cando el desarrollo armónico e integral del joven. Responsabilidades: |
Jóvenes e Intermedios. Se rige por esta Constitución y debe registrarse como tal, ante su respectivo Gabinete Distrital y Conferencial por medio de una carta firmada por su pastor. Su carácter es edificativo, buscando el desarrollo armónico e integral del joven. Habrá tres Tipos de ligas (criterios de crecimiento): Liga en formación: es aquella que ha manifestado el deseo de ser considerada como liga activa, se reúne periódicamente, no tiene un máximo 3 miembros activos, ni un gabinete local en forma. Liga en receso: es aquella liga que siendo activa o en formación ha dejado de reunirse en forma constante, que presenta problemas |
ligas para su correcta evaluación y para facilitar el censo de ligas existentes para las autoridades necesarias. |
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mensuales para el trabajo de la iglesia local. 3. Asumirá los demás compromisos financieros que la Liga acuerde. II. Privilegios: |
internos o falta de membresía. Para poder volver a ser activa deberá pasar por un periodo de tres meses como liga en formación. II. Responsabilidades: |
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mensuales para el trabajo de la iglesia local. 3. Asumirá los demás compromisos financieros que la Liga acuerde. II. Privilegios: |
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PROPUESTAS DE ENMIENDA A LA CONSTITUCIÓN LMJI
Nombre Completo:
Luis Yamder Diaz
Correo electrónico/Tel:
Conferencia: CANCEN
Iglesia: El redentor
Título de la sección constitucional:
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TITULO IX DE VANGUARDIA JUVENIL |
170 |
Art 170. Promotor corresponsal. Habrá seis corresponsales, uno por conferencia, que deberán enviar al consejo editorial la información relacionada con el trabajo de su distrito y conferencial como son: opiniones, noticias, acuerdos y crónicas de sus eventos. Serán electos dentro de las respectivas convenciones conferenciales y su responsabilidad será del |
Art 170. Promotor corresponsal. Habrá seis corresponsales, uno por conferencia, que deberán enviar al consejo editorial la información relacionada con el trabajo de su Conferencia como son: opiniones, noticias, acuerdos y crónicas de sus eventos. Serán electos dentro de las respectivas convenciones conferenciales y su responsabilidad será del mismo periodo del Gabinete Conferencial, pudiendo someterse a una reelección. |
A mi criterio personal, el artículo 170 deja muy ambiguo el trabajo que deben realizar los promotores conferenciales, omitiendo mencionar funciones específicas (no así la función general, que |
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mismo periodo del Gabinete Conferencial, pudiendo someterse a una reelección. |
realización de la Vanguardia Juvenil. Los requisitos para ser elegido serán los mismos que para los demás miembros del gabinete (Art. 96 fracción I). c. Asistir a las juntas que realice el Consejo Editorial II) Privilegios a. Poder asignar comités que cubran periodísticamente los eventos que considere necesarios. |
es el principal contenido del artículo) así como periodos de rendición de cuentas (tal como sí se da en puestos del gabinete conferencial, por ejemplo). Por consiguiente, mi propuesta es darle forma a dicho puesto a través de responsabilidades fijas. Así mismo, considero inapropiado aislar al corresponsal del gabinete conferencial, relegándolo a un solitario apartado extra, sin los incentivos (o privilegios) que te da ser miembro del gabinete conferencial; la solución que encuentro para dicha situación la plasmo en los privilegios, porque |
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de la misma forma que la unión hace la fuerza, no veo por qué no acercar al promotor de las vanguardias juveniles al gabinete de su respectiva conferencia no se traduzca en un mejor funcionamiento y coordinación a la hora de informar a las ligas qué es lo que se hace en sus eventos. |
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Nombre Completo:
Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel:
sarai_costilla@hotmail.com/8626293860
Conferencia: CAO Iglesia: El Mesías
Título de la sección constitucional: TÍTULO IV DEL AMBITO CONFERENCIAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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TITULO IX DE VANGUARDIA JUVENIL |
96 |
MIEMBROS. Son los siguientes: Presidente, Secretario de Actas y Comunicaciones, Director Conferencial de la Comisión de Finanzas, Director Conferencial de Desarrollo Cristiano y Director Conferencial de Testimonio Cristiana; así como los presidentes de distrito electos en su respectiva convención. I. Requisitos: |
MIEMBROS. Son los siguientes: Presidente, Secretario de Actas y Comunicaciones, Director Conferencial de la Comisión de Finanzas, Director Conferencial de Desarrollo Cristiano, Director Conferencial de Testimonio Cristiano y el Promotor Corresponsal de Vanguardias Juveniles; así como los presidentes de distrito electos en su respectiva convención. |
Hemos trabajado con los promotores de vanguardias juveniles conectándolos en gabinete distrital y conferencial como un cargo dentro del gabinete y ha dado buenos resultados. Ellos necesitan sentirse parte de un equipo y trabajar en conjunto con el gabinete para mantenerse a la vanguardia. |
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Ser Miembro en Plena Comunión de la Iglesia Metodista de México, A. R. (para Intermedios por lo menos dos años antes de su elección y para Jóvenes por lo menos cuatro años antes de su elección). Recibido como miembro activo de la Liga por lo menos dos años antes de su elección. Ser elegido en sesión plenaria de la Convención Conferencial. Convención y que será presentado en la sesión de elecciones. |
I. Requisitos: Convención y que será |
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II. Restricción. Ningún miembro del Gabinete Conferencial podrá tener simultáneamente un cargo local, de ser así, debe renunciar a este último en un plazo no mayor de un mes. III. Responsabilidades: |
presentado en la sesión de elecciones. II. Restricción. Ningún miembro del Gabinete Conferencial podrá tener simultáneamente un cargo local, de ser así, debe renunciar a este último en un plazo no mayor de un mes. III. Responsabilidades: |
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tengan problemas y que así lo requieran, o en las de nueva creación para su establecimiento oficial. g) Organizará y supervisar el trabajo de la Convención Conferencial. 1.- Informará de las características y antecedentes de la Conferencia. 2.- Informará del trabajo realizado, especialmente en el campo de trabajo específico para cada miembro. 3.- Lo presentará en lugares o con las personas que se requiera. 4.- Informará cuales son los lineamientos generales a seguir. recursos humanos y materiales con que cuente para el desarrollo de sus funciones. |
realizado por el Gabinete saliente. 1.- Informará de las características y antecedentes de la Conferencia. 2.- Informará del trabajo realizado, especialmente en el campo de trabajo específico para cada miembro. 3.- Lo presentará en lugares o con las personas que se requiera. 4.- Informará cuales son los lineamientos generales a seguir. recursos humanos y materiales |
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j) Nombrará dos representantes oficiales, con derecho a voz y voto, para cada una de las Convenciones Distritales que se realicen en su área Conferencial. IV. Privilegios: |
con que cuente para el desarrollo de sus funciones. IV. Privilegios: |
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e) Contará con el apoyo del Asesor del Trabajo Juvenil Conferencial. |
honorarios del resto de las Ligas de la Conferencia. e) Contará con el apoyo del Asesor del Trabajo Juvenil Conferencial. |
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CAPITULO I DEL CONGRESO NACIONAL |
ARTS. 123 |
DICE RESTRICCIÓN. No puede cambiar ni alterar ningún artículo de la presente Constitución de tal manera que desaparezcan. Gabinete Conferencial o Gabinete Distrital de Jóvenes e Intermedios |
DEBE DECIR RESTRICCIÓN. No puede cambiar ni alterar ningún artículo de la presente Constitución de tal manera que desaparezcan Gabinete Conferencial o Gabinete Distrital de Jóvenes e Intermedios. |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Al contar con el punto después de la palabra “desaparezcan” se mal interpreta y crea confusión dando a entender que no se puede modificar ningún artículo de la constitución; no solo la parte de la eliminación de los gabinetes. También faltaba agregar el punto final |
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FINAL
Nombre Completo: Abigail Martínez Correo electrónico/Tel: 8991224653 Iglesia: Piedra Angular
Proyecto 19
PROPUESTAS DE ENMIENDA A LA CONSTITUCIÓN LMJI
Conferencia: CAO
Título de la sección constitucional: IV DEL AMBITO CONFERENCIAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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IV DEL GABINETE CONFERENCIAL |
ARTICULO 97. PERIODO. El Gabinete Conferencial debe durar en sus funciones dos años, dos meses; estos últimos deben ser para asesoría del nuevo Gabinete. En caso de que algún miembro electo cumpla con la edad límite establecida (ver Art. 23 de esta Constitución), tendrá el privilegio de seguir en su cargo hasta que su periodo termine. |
ARTICULO 97. PERIODO. El Gabinete Conferencial debe durar en sus funciones dos años, dos meses; estos últimos deben ser para asesoría del nuevo Gabinete. Dentro de la convención Conferencial se podrá optar que el gabinete saliente se pueda reelegir por un periodo consecutivo, dicha decisión deberá ser aprobada por la asamblea plenaria. (si pasa) En caso de que algún miembro electo cumpla con la edad límite establecida (ver Art. 23 de esta Constitución), tendrá el privilegio de seguir en su cargo hasta que su periodo termine. |
Dentro de nuestra conferencia Anual Oriental hemos observado que el periodo otorgado dentro del articulo que se plantea reformar no es suficiente para poder lograr los planes que un gabinete se propone. Es decir, una vez cumplidos los dos años que el artículo que se propone reformar establece, no se pudo completar los planes, debido a que el primer año se propone, en el segundo año apenas se pone en marcha, teniendo como consecuencia que ya no es suficiente el tiempo para alcanzar las metas, y al tener dos años mas se pueden desarrollar los planes hasta alcanzar los objetivos. |
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Por lo tanto, se propone que exista la posibilidad de reelección a fin de poder cumplir de una manera mas completa sus funciones y hacer la voluntad de Dios, aunado a que los cargos conferenciales y distritales de los adultos, como lo son el obispo y los superintendentes tienen un periodo de cuatro años, lo cual si este artículo se reforma será de gran ayuda que los gabinetes juveniles puedan trabajar a la par con los gabinetes de adultos. |
PROYECTO 20
PROPUESTAS DE ENMIENDA A LA CONSTITUCIÓN LMJI
Nombre Completo: Sarai Costilla Martínez
Correo electrónico/Tel: 8626293860 Conferencia: CAO
Iglesia: El Mesias Título de la sección constitucional: ii DEL AMBITO LOCAL
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CAPITULO |
ARTS. |
DICE |
DEBE DECIR |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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CAPITULO III DEL GABINETE LOCAL |
32 |
II. Responsabilidades:
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II. Responsabilidades:
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Estamos viviendo tiempos donde se enseñan doctrinas falsas y contrarias a la palabra de Dios. Muchos de nuestros jóvenes están siendo confundidos viendo que incluso el gobierno aprueba leyes que están lejos de los principios que Dios estableció. Dios nos |
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para el pleno desempeño de sus funciones. Escuela Dominical y en los estudios bíblicos de su iglesia y motivar a los miembros de su Liga a involucrarse en las mismas. d) Propondrá planes de trabajo a la asamblea plenaria y coordinar los trabajos de la Liga que hayan sido aprobados por la misma.
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para el pleno desempeño de sus funciones. Escuela Dominical y en los estudios bíblicos de su iglesia y motivar a los miembros de su Liga a involucrarse en las mismas.
(si pasa) |
ayude a volver a lo básico y pongamos en práctica el corazón ardiente. |
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