Proyectos de Ley aprobados
Modificaciones a la Disciplina de la IMMAR
SOCIEDAD I
Se da la voz al Pbro. Moisés Morales Granados para dar los resultados y propuestas al pleno de la Sociedad I.
Proyecto 5
CAPÍTULO IV
MIEMBROS SIMPATIZANTES
ARTICULO (SE RECORRERAN LOS ARTICULOS)
Artículo 109. El simpatizante es un miembro que ha hecho su profesión de fe en Cristo Jesús, ha sido salvado de sus pecados, asiste a la iglesia y participa en actividades de la misma, pero no ha sido ingresado a prueba.
- a) CUIDADO PASTORAL. El Pastor procurará estar en contacto con los simpatizantes a fin de impartirles orientación de vida integral, conducirlos a una experiencia viva de la salvación por la fe en Cristo Jesús y guiarlos en el crecimiento de la vida cristiana.
- b) INSTRUCCIÓN. El Pastor y las demás personas encargadas se responsabilizarán para persuadirlos y guiarlos a formar parte de la membresía iniciando a prueba y así ser miembro en plena comunión
- c) DERECHOS ECLESIÁSTICOS. Tendrán derecho a todos los auxilios espirituales que da la Iglesia y podrán participar por recomendación del pastor y de la Junta de Administradores en todo aquello que nutra su fe y amor a Dios y ejercite sus dones y talentos.
- d) RESTRICCIONES. No tendrán voto en la Conferencia de Iglesia, ni podrán ocupar ningún puesto que de acuerdo con la Disciplina, exija que el responsable sea Miembro en Plena Comunión.
RECOMENDACIÓN: AGREGAR AL GLOSARIO




El valor de nuestra Disciplina